27 de agosto de 2012

(1) ¿Cómo elegir un Broker de inversiones on-line? Reflexiones desde el Perú. Incluye la explicación de las advertencias de la SMV del Perú

PARTE I 
La elección del Broker es un tema que tiene “cola” y para ser sincero una “cola” ¡bien grande!...

… Control de riesgos, costos de comisiones y spreds, regulaciones locales y regulaciones de origen, comprensión de los derivados financieros, conocimiento del tipo de mercados en que operamos y de los mercados financieros interrelacionados, la tecnología a usar (la plataforma), etc. Una variedad de temas importantes y valiosos para el inversionista. Dado que el público al cual escribo principalmente es el inversionista individual, también llamado inversionista retail, intentaré ser práctico y muy accesible.

En la WEB hay material abundante sobre el tema. Muchos avisos y “publirreportajes” de Brokers que te hablan de las grandes ventajas de los CFDs (un tipo de derivados financieros), o del mercado Forex (mercado de tipo de cambio entre pares de monedas), o del apalancamiento, o del acceso fácil y seguro a los mercados mundiales, o de su maravillosa y mil veces premiada plataforma…

Quiéranlo o no estos Brokers son los que están vendiendo el producto y cuando los leo me recuerdan a la sonrisa de mi padre la primera vez que le pedí el auto para ir a una fiesta en donde prometí hasta no transpirar.
¡Aquí vamos! amables lectores.

                                         (al final del artículo está el enlace de la Parte II)

1.- Sobre los mercados financieros: Entendamos qué existen Mercados centralizados y mercados no centralizados, que hay mercados regulados y mercados no regulados y sin embargo cada día están más entrelazados. Una aproximación al híbrido de mercados.

Un mercado financiero es un “lugar” dónde concurren compradores y vendedores de activos financieros. He puesto entre comillas el término LUGAR porque además de un espacio físico puede ser un mecanismo o sistema tecnológico por medio del cual se transan los activos financieros.

Con el aporte de la tecnología existen las bolsas electrónicas, hay bolsas electrónicas que alguna vez fueron “un piso de transacción de activos financieros”. También existen las bolsas electrónicas que nunca fueron “pisos”. 

La finalidad del mercado financiero es que nos ayude a lograr un precio justo, seguro y de bajo costo de transacción. Existe un ideal del mercado financiero, el mercado de activos financieros debería ser: Líquido, profundo, casi sin barreras, transparente, seguro y flexible.  

Tenemos mercados financieros (MF) agrupados como:

+ MF directos e indirectos: Directos = los particulares van directamente a las empresas y les ofrecen sus recursos. Esto no está regulado y sin embargo no es para nada ilegal o incorrecto. Indirectos= cuando en el mercado aparece algún intermediario (Brokers, agentes financieros, intermediarios financieros). Esto trae ventajas para el inversionista como la asesoría y mejor seguridad por ejemplo.

+MF libres y regulados: Libres= no existe ninguna restricción (ni en la entrada, ni en la salida del mercado, ni en la variación de los precios) las medianas empresas por ejemplo que no salen a bolsa porque su tamaño no lo justifica o no puede pagar los costes. Regulados= existen regulaciones o restricciones para favorecer el buen funcionamiento del mercado financiero y la protección de los inversionistas.

+MF organizados y no organizados: Organizados= cuenta con una reglamentación y supervisión. No organizados= no cuentan con una reglamentación (Son los llamado mercados OTC o extrabursátiles. OTC= “Over the counter”). Estos últimos coinciden con los mercados directos. Tampoco imaginemos que los mercados OTC son tierra de nadie, es un sector que se va integrando en el tiempo al mercado organizado en la medida que puede estandarizar sus transacciones y sujetarse a una cámara de compensación. Esto da mayor protección al inversionista y puede elevar los costos de intermediación. 


***MUY IMPORTANTE ***
Estimados lectores los invito a leer este enlace sobre recientes avances de las regulaciones de derivados en los mercados OTC (incluido el Fx), lectura muy valiosa y a la que un servidor tuvo acceso recientemente, mediados de septiembre 2012. http://blogs.cfainstitute.org/marketintegrity/2012/08/23/eu-derivatives-reform-regulators-dash-for-the-finish-line/ Esto es un gran avance en la protección de los inversionistas y participantes de dichos mercados OTC y también contribuye a la disminución de riesgos para quienes operamos por medio de plataformas on-line.

+MF primarios y secundarios: Primarios= Es aquél en que se relaciona con la colocación inicial de títulos. Las empresas u organismos públicos obtienen los recursos financieros por medio de la oferta pública de esos títulos.
Secundarios= juego que se realiza con las acciones entre los propietarios de los activos financieros (revender o recomprar activos financieros) y que siguen siendo oferta pública.

+ MF Monetarios y de capital:
Monetarios= mercados al por mayor donde se "negocian títulos a corto tiempo" y los volúmenes de negociación son muy elevados (Mercado de Deuda Pública).
De Capital= se negocian títulos a más largo tiempo.

+MF centralizados y descentralizados: Centralizados= existe un precio único y, básicamente, un lugar único de negociación. Descentralizados= existen varios precios para el mismo activo financiero.

+ MF integrados: “…se origina por la suscripción de convenios de integración entre una Bolsa … [local] con las entidades administradoras de sistemas de negociación extranjeros y las respectivas centrales de depósito de valores, con la finalidad de realizar la oferta secundaria y la intermediación de los valores transados en los sistemas de negociación conducidos por dichas entidades en los países donde éstas han sido autorizadas a operar, así como permitir el acceso de los intermediarios autorizados a operar en alguno de los referidos sistemas de negociación, a través del Enrutamiento Intermediado, en los otros sistemas de negociación” (Reglamento de mercado integrado... MEF - CONSEV). Por ejemplo lo que conocemos como el MILA (Mercado integrado latinoamericano).

¡Algunas reflexiones!

Como vemos hay diversos mercados financieros y diversas formas de clasificarlos. Existen las Bolsas locales donde se tranzan acciones pagando al contado; nuestras bolsas son mercados centralizados de oferta pública, en estos mismos mercados centralizados se pueden tranzar instrumentos monetarios y de capital; estas transacciones pueden ser electrónicas o tradicionales (por teléfono con el corredor de bolsa). Sin embargo, también existe otros mercados no centralizados y curiosamente la tecnología ha irrumpido entretejiendo los diversos tipos de mercados, de instrumentos y de formas de negociación de los activos financieros. Este hecho ha dado la oportunidad de actuar más fácilmente en distintos mercados o con distintos instrumentos y se han generado, por ejemplo, diversas estrategias de cobertura de riesgo usadas por los institucionales.  Por otro lado hay otro fenómeno fuerte que algunos llaman la “democratización de las inversiones”. La tecnología ha hecho más accesible estos mercados a los inversionistas individuales y toda esta gama de posibilidades de mercados e instrumentos financieros ha llegado desde el mundo de los inversionistas institucionales a los inversionistas retail.
Tradicionalmente un inversionista retail tiene “los fondos mutuos” como manera de acceder a las inversiones, con bajo capital y con un mínimo conocimiento de los mercados. Otra manera tradicional de acceder es con buen capital a través de una SAB (corredora de bolsa local) que te permiten acceso al mercado nacional e internacional bajo la modalidad de pago al contado (SPOT) y si puedes manejar mejor información y tienes formación también podrás operar por medio de derivados como veremos más adelante.
Los inversionistas individuales con grandes capitales gestionan su patrimonio con grandes bancos o instituciones de inversión principalmente en el extranjero.

También tengamos presente la clasificación de los mercados financieros según el tipo de instrumento:

+Mercado de deuda: se le llama mercado de deuda porque los bancos cuando los clientes les ingresan dinero lo deben devolver al cliente en un futuro (tienen una deuda), el negocio de los bancos es muy sencillo, ellos reciben el dinero que les dan sus clientes (a cambio normalmente de un tipo de interés, bastante bajo la verdad) y a cambio lo invierten en activos que les proporcionan un interés mayor; los beneficios los obtienen pues de las diferencias entre tipos de interés.
+Mercado de acciones: es el mercado más conocido y es donde cotizan las acciones de las empresas más importantes. Las acciones además de dar al propietario el derecho sobre la empresa (participa de la propiedad) le sirve como valor fungible.
+Mercado de derivados: este tipo de mercado basa sus precios en los de otros activos (sus precios se derivan de otros activos). La característica principal es que permiten la cobertura de las operaciones (ejemplo: cobertura ante variación del tipo de cambio) y su elevado apalancamiento. Los derivados tienen una fecha de vencimiento futura y al llegar esta pueden ser liquidados o no y de ser liquidados puede hacerse la liquidación de dos formas: entregando la DIFERENCIA en efectivo o por la entrega DEL SUBYACENTE.

Uno puede enfocar y tratar de comprender este complejo híbrido de los mercados financieros esquematizándolo. Por ejemplo les comparto un gráfico de mi profesor y amigo Carlos Palomino dónde ensaya un orden esquemático desde el punto de vista estratégico de los mercados financieros. Material del curso “Seminario de estrategia de inversiones” en Bursen 2012 (BVL).

[Gráfico 1. Las líneas de colores son mías 
indican alternativas de inversión para un inversionista retail]

Observar cómo se entrecruzan varias clasificaciones que vimos dentro de la configuración y organización de los mercados: por ejemplo un mercado OTC tiene órdenes SPOT y derivados al igual que un mercado centralizado y regulado. El autor nos evoca la denominación de mercados “OUTCRAY” = mercado de grito en piso de negociación, que es bastante expresiva y evoca la manera cómo vinieron funcionando por años los mercados financieros centralizados y de oferta pública.

2.- Sobre los derivados financieros. La búsqueda de la gestión de riesgos y coberturas de los institucionales que se “democratiza” y difunde entre los inversionistas retail por medio de diversos brokers y sus servicios de intermediación, también por medio de plataformas electrónicas.

En el año 2007 el Fondo Editorial de la Universidad Católica del Perú publicó un manual “muy guapo” titulado: “Guía práctica de los instrumentos financieros derivados” su autor: Jean Rona Szekely. Quiero recoger unos párrafos de la introducción:

“El concepto de «derivados» tiene una consonancia algo misteriosa y se asocia muchas veces a la idea de tomar grandes riesgos. Es verdad que, a nivel internacional, han ocurrido grandes ejemplos de pérdidas estrepitosas originadas por el mal uso de estos instrumentos…
Sin embargo, estos mismos productos derivados representan una herramienta indispensable para una gestión moderna de las finanzas de una empresa, permitiendo la eliminación o reducción de la exposición a ciertos tipos de riesgos. La importancia de estos instrumentos tiene también validez para compañías peruanas. La mayoría de los bancos ofrecen a sus clientes instrumentos derivados, principalmente en el campo cambiario. En la Bolsa de Valores de Lima (BVL) y la Bolsa de productos del Perú (BPP) también se transan instrumentos derivados.
Es importante precisar la idea de que los derivados, tal como el dios romano Janus, tienen dos caras opuestas: según el contexto estos mismos instrumentos sirven para cubrir riesgos (hedging) o, al contrario, para tomar riesgos con fines de alcanzar ganancias de inversión. Cuando hablamos de riesgos, nos referimos principalmente a los riesgos de fluctuaciones de precios –tipos de cambio, tasas de interés, precios de insumos o de valores– que pueden afectar los ingresos o egresos de una empresa o persona natural”

Estos párrafos me ayudan a explicar los derivados en su funcionalidad, así como su doble característica respecto a la gestión del riesgo por un lado y por otro en la aceleración de las ganancias/pérdidas para el inversionista (uso del apalancamiento).
Otra razón porque escogí estos párrafos es porque se trata del mercado peruano de hace 5 años aprox. Han habido cambios; por ejemplo la citada BPP (Bolsa de productos del Perú) ya no existe y hoy se está tratando de revivirla, otros cambios van por el lado de la baja del riesgo país y hoy “Perú está de moda” los bonos soberanos se venden como “pan caliente”, tenemos más bancos, más SABs, más empresas en la BVL. La negociación diaria de nuestra Bolsa ronda por los USD 30 millones diarios, aunque sigue pequeña, ya existe el MILA y empiezan a proliferar el uso personalizado de plataformas on-line entre pequeños inversionistas, muchos que se afilian abriendo directamente cuentas con diversos brokers en el extranjero. Finalmente hay una creciente presencia de empresas que abren sucursales en Perú y que están ofertando el acceso a las inversiones on-line. Por eso mi motivación a escribir este artículo.

Siguiendo con el conocimiento de los derivados, a continuación un cuadro de derivados de España. Este cuadro fue elaborado por José María Rojano Romero en el 2008 para su proyecto final de carrera en la Escuela: ETSETB. Así mismo he tomado varios conceptos de su trabajo para este artículo.
 [Gráfico 2: Derivados] 
Observar los recuadros en color blanco 
corresponden al mercado OTC

Nuevamente sigo a JM Rojano:

Los productos derivados son instrumentos financieros cuyo valor deriva de la evolución de los precios de otros activos denominados activos subyacentes.

Los subyacentes utilizados pueden ser muy variados: acciones, cestas de acciones (ETFs), valores de renta fija (Bonos soberanos y corporativos), divisas, tipos de interés, índices bursátiles, materias primas y productos más sofisticados, incluso la inflación o los riesgos de crédito.
Pero ¿qué se esconde detrás de esta definición? El quid de la cuestión radica en la forma en que se deriva el precio y en la naturaleza de la transacción a la que da lugar este instrumento. Es decir, cómo y cuándo se lleva a cabo el intercambio del activo por su valor o precio en dinero. En las operaciones habituales de contado o spot, como por ejemplo cuando vamos al supermercado, el intercambio del producto por su precio se realiza en el momento del acuerdo.
Sin embargo, un derivado es un pacto cuyos términos se fijan hoy pero, y aquí está la diferencia, la transacción se hace en una fecha futura.

Los derivados financieros son muy antiguos, en Japón se negociaba con los futuros de las cosechas de arroz hacen 600 años o más, en Holanda se tranzaban las acciones de la “Compañía Holandesa para la Indias Orientales” de inicios del 1600. Esto es genialmente relatado en una obrita muy recomendable y famosa: “Confusión de confusiones” de José De la Vega.

Para ser honestos en mi trabajo sobre este artículo he ido encontrando detractores locales del uso de los derivados y de los mercados OTC, unos muy bien formados, otros sin tanta formación pero bien condimentados con ironía y bilis.
A uno de los primero vale la pena citarlo para que tengamos presente sus argumentos, bastante atendibles. “La Gestión del Riesgo de Inversiones” Gregorio Belaunde.


3.- Sobre los CFDs = Contratos por diferencia y su divulgación por medio de las plataformas de inversión On-line.

Los CFDs son un tipo de derivados financieros. Tienen casi 25 años de existencia; muy populares en Inglaterra y luego se expandieron por el mundo. En USA están prohibidos, aunque dicen por algunos foros que se viene el levantamiento de la restricción, eso está por verse todavía. Los CFDs por naturaleza se negocian en mercados OTC y las regulaciones caen sobre las empresas o Brokers que los emiten. La institución con más experiencia y con regulaciones más estrictas es la FSA de Inglaterra.

“Los Contratos por Diferencias (CFDs) son productos financieros que resultan de un acuerdo pactado entre un emisor y un inversor en el cual se establecen los beneficios o perdidas a liquidar en efectivo, derivados de la diferencia en el precio en cotización de un activo subyacente”

Por medio de los CDFs SE NEGOCIAN DIFERENCIAS DE SUBYACENTES como: Acciones, Commodities, Índices, Bonos, ETFs, Pares de monedas.
Estos contratos no tienen fecha de vencimiento, el inversionista determina la cancelación del contrato, lo que le da posibilidad de manejar los beneficios o pérdidas a conveniencia con el cierre de sus posiciones.

Puedes variar a conveniencia los volúmenes de tu inversión. Con los CFDs no hay un margen obligatorio en el volumen de contratación (que por ejemplo si tienen los futuros).
Son productos que otorgan todos los derechos económicos correspondientes al activo subyacente. Sin embargo, no otorgan los derechos políticos de dichos activos.

Dado que no se intercambian los títulos ni los importes del valor total del activo subyacente, solo se necesita una garantía por medio de un porcentaje mínimo que será utilizado por el emisor. Aquí es donde el emisor transfiere el riesgo de la operación al inversionista.

Como el contrato es SOBRE LA NEGOCIACIÓN DE LAS DIFERENCIA DE PRECIOS DEL SUBYACENTE se pueden tomar posiciones a corto y a largo lo que sugiere una flexibilidad amplia e ideal para las coberturas.

El nivel POTECNIAL DEL APALANCAMIENTO de los CFDs es muy elevado pues al trabajarse con márgenes de garantía y el emisor ya está 100% cubierto puede multiplicarse la posición del inversionista en el subyacente con menor capital que el que se requiere en una operación SPOT a riesgo de perder la garantía o incluso hasta podría quedar debiendo algo al Broker si se produce un salto discreto del precio y pasa por alto tu "Stop loss".

4.- Las regulaciones locales (En Perú)

LEY DEL MERCADO DE VALORES (PERÚ)
Título I
Disposiciones Preliminares y Definiciones
Artículo 1.- Finalidad y Alcances de la Ley.- La finalidad de la presente ley es promover el desarrollo ordenado y la transparencia del mercado de valores, así como la adecuada protección del inversionista…
Artículo 3.- Valores Mobiliarios.- Son valores mobiliarios aquellos emitidos en forma masiva y libremente negociables que confieren a sus titulares derechos crediticios, dominiales o patrimoniales, o los de participación en el capital, el patrimonio o las utilidades del emisor.
Para los efectos de esta ley, las negociaciones de derechos e índices referidos a valores mobiliarios se equiparan a tales valores. Cualquier limitación a la libre transmisibilidad de los valores mobiliarios contenida en el estatuto o en el contrato de emisión respectivo, carece de efectos jurídicos.
Artículo 4.- Oferta Pública.- Es oferta pública de valores mobiliarios la invitación, adecuadamente difundida, que una o más personas naturales o jurídicas dirigen al público en general, o a determinados segmentos de éste, para realizar cualquier acto jurídico referido a la colocación, adquisición o disposición de valores mobiliarios.
Artículo 5.- Oferta Privada.- Es privada la oferta de valores mobiliarios no comprendida en el artículo anterior. Sin perjuicio de ello y siempre que no se utilice medios masivos de difusión, se considera oferta privada:
a) La oferta dirigida exclusivamente a inversionistas institucionales. Los valores mobiliarios adquiridos por estos inversionistas no podrán ser transferidos a terceros durante un plazo de doce (12) meses desde su adquisición, salvo que lo hagan a otro inversionista institucional o se inscriba el valor previamente en el Registro Público del Mercado de Valores; y,
b) La oferta de valores mobiliarios cuyo valor nominal o valor de colocación unitario más bajo, sea igual o superior a doscientos cincuenta mil Nuevos Soles (S/. 250,000). En este caso, los valores no podrán ser transferidos por el adquirente  original a terceros, con valores nominales o precios de colocación inferiores.
Artículo 6.- Intermediación.- Se considera intermediación en el mercado de valores mobiliarios la realización habitual, por cuenta ajena, de operaciones de compra, venta, colocación, distribución, corretaje, comisión o negociación de valores. Asimismo, se considera intermediación las adquisiciones de valores que se efectúen por cuenta propia de manera habitual con el fin de colocarlos ulteriormente en el público y percibir un diferencial en el precio.

REGLAMENTO DE INSCRIPCIÓN Y EXCLUSION DE VALORES MOBILIARIOS EN LA RUEDA DE LA BOLSA DE VALORES DE LIMA


Título I


Disposiciones Generales 
Artículo 1.- ALCANCES
El presente reglamento regula la inscripción de valores, en adelante el listado de valores y la exclusión de valores, en adelante el deslistado de valores en la Rueda de Bolsa.
Artículo 2.- TÉRMINOS DEL REGLAMENTO
Los términos indicados a continuación, tienen el siguiente alcance en este reglamento:
a) Bolsa: Bolsa de Valores de Lima;
b) CONASEV. Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores;
e) Días: Los hábiles;
d) Especialista: Sociedad agente de bolsa que, previa autorización de la Bolsa cumple la función de promover la liquidez de los valores listados;
e) Fondos Mutuos: Fondos Mutuos de Inversión en Valores;
f) ISIN: Número internacional de identificación del valor asignado por la agencia numeradora del país del emisor;
g) Ley: Ley del Mercado de Valores;
h) Registro: Registro Público del Mercado de Valores;
i) RBVL: Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima;
j) Rueda: Rueda de Bolsa;
k) Tenedores de Valores: Titulares de valores;
l) Valores Extranjeros: Los emitidos por emisores extranjeros o valores de emisores nacionales colocados o admitidos a negociación en el extranjero, así como los valores representativos sobre valores subyacentes extranjeros;
m) Valores Nacionales: aquéllos emitidos por emisores constituidos en el país; y,
n) Valores Representativos: Valores que representan derechos sobre otros valores.
Salvo mención en contra, la referencia a artículos determinados deben entenderse efectuadas a las correspondientes al presente Reglamento.
Artículo 15.- REQUISITOS PARA LISTAR VALOERS EXTRANJEROS -MODIFICADO POR R.C. 029-2002-EF/94.10

Los valores admitidos a negociación en las Bolsas de Valores o Mercados Organizados, debidamente autorizados, de países que forman parte del Comité Técnico de la Organización Internacional de Comisiones de Valores, emitidos por emisores nacionales que no cuenten con valores listados en el RBVL o emitidos por emisores constituidos en el extranjero, se listarán automáticamente en el RBVL a solicitud del emisor o una Sociedad Agente de Bolsa.
La sociedad agente de bolsa se comprometerá a actuar como Especialista del valor cuya inscripción solicita, salvo que el mismo se encuentre listado en Nueva York Stock Exchange NYSE o en National Association of Securities Dealers Automated Quotation NASDAQ o en Bolsas de Valores o Mercados Organizados que autorice previamente CONASEV.


En Perú, como en la mayoría de países, las regulaciones son sobre los mercados centralizados y sobre los instrumentos de Oferta pública.

He subrayado los referentes a valores extranjeros para precisar que los derivados tranzados en mercados OTC como los que se tranzan en las plataformas on-line de Brokers extranjeros o con sede de emisión en el extranjero permanecen sujetos únicamente a las entidades reguladoras de origen.

5.- Las advertencias de la SMV del Perú sobre: "empresas de captación de inversiones" y "empresas que vienen promoviendo el mercado Forex"

Advertencias
SMV ALERTA A LOS INVERSIONISTAS

La SMV informa a los inversionistas que existen empresas que vienen promoviendo inversiones en el mercado Forex - Foreign Exchange (o Mercado de Divisas) en el cual se negocian diferentes monedas.

Es importante advertir que estas empresas y el referido mercado “Forex” se encuentran fuera del ámbito del mercado de valores y de la supervisión de la SMV.

Se recomienda a los inversionistas se informen adecuadamente y presten atención a invitaciones que pudieran recibir para depositar o invertir su dinero en organizaciones que no formen parte de entidades autorizadas por organismos supervisores.

Las entidades autorizadas por la SMV se encuentran inscritas en el Registro Público del Mercado de Valores de la SMV. Para mayor información puede ingresar a la página web www.smv.gob.pe o acudir a las oficinas de la SMV para obtener mayor información sito en Av. Santa Cruz N°315 Miraflores.


 ADVERTENCIA EN CASO DE RECIBIR INVITACIONES DE INVERTIR, DEPOSITAR O ENTREGAR SU DINERO
La Superintendencia del Mercado de Valores – SMV, considera necesario advertir al público en general que se ha recibido información sobre la existencia de algunas empresas de captación de inversiones, constituidas en el extranjero, y que vienen aperturando oficinas principalmente en provincias del sur del Perú, cuya finalidad es que los inversionistas puedan depositar su dinero en cuentas extranjeras para que sea invertido en diversos instrumentos financieros y negociados en las bolsas de valores o en comodities de mercados internacionales especialmente el norteamericano.


Al respecto, es preciso advertir al público en general que cualquier persona nacional o extranjera que desee dedicarse a la captación de dinero en el territorio nacional con el fin de orientar los fondos captados a inversiones en instrumentos u operaciones del mercado de valores, debe contar previamente con autorización de funcionamiento para realizar dicha actividad, ya sea como sociedad agente de bolsa o como sociedad intermediaria de valores.



En esa línea, las únicas personas jurídicas autorizadas para actuar como agentes de intermediación en el mercado de valores son las que aparecen publicadas en el directorio del Portal del Mercado de Valores  (Directorio SAB).



Por tanto, se recomienda al público no dejarse sorprender y tener cuidado con las invitaciones para entregar, depositar o invertir su dinero en organizaciones que no cuenten con autorización o supervisión. 
Para obtener mayor información sobre agentes de intermediación autorizados puede acudir a nuestro Centro de Orientación y Promoción en Av. Santa Cruz Nº 325 – Miraflores o visitar nuestro portal (www.smv.gob.pe). También pueden llamar al teléfono 610-6305.


De niño aprendí el dicho: “un consejo hasta de un conejo” y la SMV del Perú es muchísimo más que eso, es nuestro ente rector, así que vale la pena seguir los consejos de prudencia de la SMV. Miremos bien a quien le entregamos nuestro dinero. Al respecto las advertencias señalan tres cosas importantes:

Informarse, estar atentos y no dejarse sorprender.

Con todo lo expuesto anteriormente en los puntos 1 al 4 he querido contribuir a lo primero: que estén informados. Creo que ahora se puede entender porque estás empresas “se encuentran fuera del ámbito del mercado de valores y de la supervisión de la SMV” y porque “no cuentan con autorización o supervisión”: porque son empresas que operan en mercados OTC y ofrecen instrumentos derivados (futuros, opciones, CFDs, forex) dentro de estos mercados no regulados y por lo tanto no pueden ser listados en la BVL y no están supervisados localmente.

¿Qué debo preguntar para no dejarme sorprender?
(Las regulaciones de origen)

+ Tener información clara y satisfactoria sobre la regulación de origen, es decir en dónde se constituyeron PARA EMITIR LOS DERIVADOS.
+ ¿Cuál es su ente regulador en ese lugar de origen y que normas le están siendo aplicadas?
+ ¿Si mi dinero y el de los otros inversionistas están EN CUENTAS SEGREGADAS es decir que los saldos son intangibles y no son utilizados para otras operaciones propias del Broker?
+ En caso de quiebra: ¿Qué garantías tengo sobre mi dinero? ¿Hasta qué montos responden como empresa? ¿Si tienen seguros contratados sobre esas garantías y cuanto cubren esos seguros? ¿Qué aseguradora es la que respalda?
+ Otros dos aspectos que deben estar claros y qué muy pocas veces se hacen explícitos son las diferencias técnicas ¿de qué manera se van a resolver? Por lo general el Bróker termina siendo juez y parte de estas diferencias y debemos tener claro ¿cómo debemos proceder para demostrar nuestro punto de vista? Si le vamos a tomar impresiones a la pantalla o vamos a imprimir el estado de cuenta o el historial, etc. El segundo aspecto, y es cómo el resumen de varías cosas es la disponibilidad de tus fondos. Si el bróker no es capaz de entregarte el retiro parcial o total de tus fondos cuando tú lo solicites y en el tiempo establecido por las condiciones iniciales del contrato de apertura de la cuenta, es para desconfiar totalmente de él; si el bróker te discute sobre la disponibilidad parcial o total de tu saldo (sin tener ninguna posición abierta ni pendiente) es una estafa. Lo mejor es solicitar todo esto claro y por escrito o hacer retiros parciales de lo que vas ganando en tu cuenta y una vez que tengas certeza y confianza suficientes ir incrementando tu cuenta para mayores transacciones.
  
Sobre la última recomendación "no dejarse sorprender" la dejo por cuenta de ustedes amigos, es la única forma de aprender a gestionar nuestros riesgos. Pero no quedan en el desamparo total, ya estoy pensando en publicar un nuevo artículo sobre gestión de riesgos en el trading con derivados. 
Bien hasta aquí la primera parte de mi artículo. Muchos saludos y quedo a su disposición. Gracias por la paciencia, amables lectores.

… Continuará…


2 comentarios:

  1. Buen día, y llegó el fin de semana. Ojalá puedas publicar tu artículo para leerlo. Muchas gracias desde ya. Saludos cordiales,

    Iván

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  2. gracias por la información,muy buena la publicación,y que sigan los buenos éxitos,saludos

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Muy agradecido por tu comentario