6 de abril de 2014

Inversión socialmente responsable. Un trío que desafía al inversionista en el Perú

Impact investment : ¿Pasa esto en el Perú?

Es un desafío grande para el país campeón de las Micro finanzas en AL.


Claro que sí.
Es interesante la experiencia piloto; pero efectivamente existe y es bien gestionada.
Yo colaboré con un gran amigo en una administradora de Fondos de Inversión que gestiona estos fondos de impacto. Allí conocí la arquitectura y gestión de riesgos en la que se integra la gestión financiera, la participación de la sociedad y la gestión al interior de la cadena de negocios.

www.popular-safi.com

Quiero analizar para ustedes los tres componentes del título de este post: Inversión - Social - Responsable

Invertir


Para los lectores de este Blog ya es más que familiar el término INVERSIÓN, aunque aquí la rentabilidad de la que hablamos en los Fondos de impacto es una doble rentabilidad: La económica y la social. Ojo que el concepto "social" incluye la responsabilidad con el medio ambiente. La clave a entender es que la concepción de las inversiones es una concepción "SIAMESA" (social-económica) y donde lo social es medio y fin de la rentabilidad buscada por los instrumentos de inversión diseñados.

No es que el Fondo sacrifique su eficacia económica en pro de lo social sino que invierte en la generación de crecimiento social y a su vez genera rentabilidad económica. En otras palabras

SE PARTE DE LA CONVICCIÓN QUE LA INVERSIÓN SOCIAL ABORDADA POR EL FONDO DE IMPACTO PUEDE Y DEBE PRODUCIR RETORNOS ECONÓMICOS Y POR LO TANTO ES SUSTENTABLE, INCLUSIVA Y EFICIENTE SOCIALMENTE

¿Es especulativa? No lo es, pero perfectamente puede ser parte de un portafolio de inversión especulativo como lo es por ejemplo un portafolio que invierte en renta variable y renta fija o incluye en su portafolio unos Bonos de carbono. Así se está ponderando el riesgo y la rentabilidad objetivo. ¿Cómo calculo las variables de riesgo y rentabilidad? Esas te las estima el gestor del Fondo y evaluas sus "performances" en los reportes periódicos que entrega a sus inversionistas.

Los detalles de participación suelen estar bien detallados en el reglamento del Fondo.

Ser social


Para ser social debe INVERTIR EN LA MEJORA DE LA SOCIEDAD. Aquí, en mi humilde opinión tenemos dos efectos que van en paralelo. Inclusión: El fondo educa siempre y al hacerlo entrega los medios (valoración patrimonial, formalización, educación financiera, etc.) con los que incluye progresivamente a su público objetivo dentro del sistema financiero formal (Inclusión financiera). Gestión del riesgo: El fondo financia los mecanismos de participación de la sociedad civil para gestionar el riesgo y favorecer el cumplimiento de sus acreedores.

Por ejemplo si creamos un fondo de impacto para financiar préstamos de educación superior a una tasa por debajo de la tasa de mercado y logramos un esquema que favorece jóvenes de sectores emergentes de bajos ingresos que no piden préstamos a bancos o cajas por no tener un historial crediticio.

¿Por que no les presta el banco? puede ser que califiquen, ¿pero a qué costo? ¿con qué garantías? Las entidades financieras de ese sector captan recursos de los ahorristas y deben ser muy estrechas en su evaluación de préstamos, al menos para cumplir con la regulación vigente.

El Fondo para ser viable debe incluir en sus costos el financiamiento de los préstamos y el costo, por ejemplo, de financiar actores sociales que den soporte y acompañamiento a los estudiantes para que tengan éxito en sus estudios; eso formaría parte de su gestión de riesgos.

La viabilidad del fondo se dará si se asegura la rentabilidad (fruto del pago de los préstamos) y se cubre los costos de gestión. Esta arquitectura está amarrada a la inversión social, al objetivo social del Fondo. Para aclarar más el punto: nos es que se genera un fondo muy rentable y parte de sus ganancias la entrego a una causa social, ¡no!. El fondo mismo invierte en mejora de la sociedad y del medio ambiente y lo hace de manera razonablemente rentable.

Ser responsable


Por lo general estos fondos son privados, pero nada impide que coticen en mercados abiertos. La clave es la Institución financiera que los estructura y su estrategia para convocar a los inversionistas.

Otra clave importante es el control de la gestión de fondo, los auditores y el reglamento de inversión. Finalmente el TIPO DE REPORTE pues si el fondo se denomina "social y responsable" entonces debe serlo y debe medirse SU IMPACTO SOCIAL, los inversionistas lo exigirán.

Una empresa o corporación podría tener en su tripe balance unas líneas dedicadas a sus inversiones de impacto social.

Hay una batería interesante de indicadores de impacto, ahora que curso una maestría en inversión social "me lo pueden decir una vez más" : VAN Social, Costo-Beneficio, etc, etc. Pero más allá de las mediciones que siempre son cuestionables tenemos los resultados: ¿Qué financió el fondo? Y ¿cuáles fueron los resultados? En este caso sociales y económicos.

Otro tema que toco de paso; si ese capital destinado a los Fondos de impacto social fuese gasto no sería sustentable un 100% . Pero resulta que si lo es y el Fondo no es parte de lo gastado en responsabilidad social, es inversión social.

Como empresa con prácticas de responsabilidad social puedo solicitar que se diseñe un Fondo en el cual se focalice el objeto de Fondo para los sectores de mis grupos de interés, puedo invitar a otras empresas de mi sector y así hacer crecer el fondo y buscar escalas de las actividades del Fondo.

Aquí vuelvo sobre un tema interesante: el diseño del Fondo de impacto. Podemos financiar empresas que cumplen un perfil de RESPONSABILIDAD SOCIAL. Es todo un tema de amplia discusión y prefiero dejarlos con todo un especialista y varios artículos de interés:

http://cumpetere.blogspot.com/2014/04/mis-articulos-sobre-la-inversion.html
Link: Cumpeterre

Bueno amigas y amigos ha sido un gusto reencontrarme con ustedes. Agradezco una vez más su interés y espero volver a escribir con mayor diligencia este año este y tantos temas de interés para nuestros pequeños inversionistas individuales.

Saludos desde Perú

José Salazar (Link)

12 de enero de 2014

SMV del Perú: El mercado Forex y de CFDs

Saludos estimados lectores.



Al amparo del artículo No 2 de la "Ley de promoción del mercado de Valores" Ley # 30050 (publicada el 26 junio 2013) la SMV ha emitido el siguiente COMUNICADO a los inversionistas y potenciales inversionistas:

SMV Perú - FOREX-CFDs (<< Vínculo)

Los que han leído los artículos de un servidor sobre el tema conocen de mi especial interés por promover estos instrumento como alternativas para el inversionista individual en el Perú. En todo caso mis recomendaciones y artículos son TODOS ANTERIORES A LA PUBLICACIÓN DE LA LEY.

Bueno, muy rápidamente les comento que DEBEMOS tomar en cuenta el COMUNICADO de nuestro ente rector y los anteriores que en su momento también fueron objeto de comentarios y artículos muy leídos de este Blog. El "Plus" de este último COMUNICADO es que el "ofrecimiento público" de los instrumentos mencionados no está autorizado en el Perú.

En esté último COMUNICADO se vuelve a advertir del mismo tema: Empresas proveedoras de instrumentos de mercados OTC (Como son el FOREX y la gran mayoría de mercados de CFDs) con la SALVEDAD DEL OFRECIMIENTO Y LA DIFUSIÓN por medios masivos incluidos los medios electrónicos desde servidores dentro del territorio nacional.

Considero que existen tareas pendientes para la misma SMV; señalo algunas relevantes:

(1) Profundizar en los mecanismos técnicos y de regulación  para instrumentos de mercados no regulados como son los mercados OTC.
(2) Deslindar, lo que en mi opinión más le preocupa a la SMV, si estos instrumentos son considerados oferta pública y ¿por qué?
(3) Establecer medios más pro activos y explícitos de protección del inversionista. Este último comunicado y los anteriores no terminan "ponerle el cascabel al gato" y tan sólo advierten a los ratones que tengan cuidado.  

Como verán a continuación esas tareas pendiente son funciones propias de la SMV:

"La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas que tiene por finalidad velar por la protección de los inversionistas, la eficiencia y transparencia de los mercados bajo su supervisión, la correcta formación de precios y la difusión de toda la información necesaria para tales propósitos. Tiene personería jurídica de derecho público interno y goza de autonomía funcional, administrativa, económica, técnica y presupuestal". (Fuente: www.smv.gov.pe)


Muchos saludos y quedo a su disposición para consultas y aclaraciones.