12 de enero de 2014

SMV del Perú: El mercado Forex y de CFDs

Saludos estimados lectores.



Al amparo del artículo No 2 de la "Ley de promoción del mercado de Valores" Ley # 30050 (publicada el 26 junio 2013) la SMV ha emitido el siguiente COMUNICADO a los inversionistas y potenciales inversionistas:

SMV Perú - FOREX-CFDs (<< Vínculo)

Los que han leído los artículos de un servidor sobre el tema conocen de mi especial interés por promover estos instrumento como alternativas para el inversionista individual en el Perú. En todo caso mis recomendaciones y artículos son TODOS ANTERIORES A LA PUBLICACIÓN DE LA LEY.

Bueno, muy rápidamente les comento que DEBEMOS tomar en cuenta el COMUNICADO de nuestro ente rector y los anteriores que en su momento también fueron objeto de comentarios y artículos muy leídos de este Blog. El "Plus" de este último COMUNICADO es que el "ofrecimiento público" de los instrumentos mencionados no está autorizado en el Perú.

En esté último COMUNICADO se vuelve a advertir del mismo tema: Empresas proveedoras de instrumentos de mercados OTC (Como son el FOREX y la gran mayoría de mercados de CFDs) con la SALVEDAD DEL OFRECIMIENTO Y LA DIFUSIÓN por medios masivos incluidos los medios electrónicos desde servidores dentro del territorio nacional.

Considero que existen tareas pendientes para la misma SMV; señalo algunas relevantes:

(1) Profundizar en los mecanismos técnicos y de regulación  para instrumentos de mercados no regulados como son los mercados OTC.
(2) Deslindar, lo que en mi opinión más le preocupa a la SMV, si estos instrumentos son considerados oferta pública y ¿por qué?
(3) Establecer medios más pro activos y explícitos de protección del inversionista. Este último comunicado y los anteriores no terminan "ponerle el cascabel al gato" y tan sólo advierten a los ratones que tengan cuidado.  

Como verán a continuación esas tareas pendiente son funciones propias de la SMV:

"La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas que tiene por finalidad velar por la protección de los inversionistas, la eficiencia y transparencia de los mercados bajo su supervisión, la correcta formación de precios y la difusión de toda la información necesaria para tales propósitos. Tiene personería jurídica de derecho público interno y goza de autonomía funcional, administrativa, económica, técnica y presupuestal". (Fuente: www.smv.gov.pe)


Muchos saludos y quedo a su disposición para consultas y aclaraciones.